El Consejo de Ministros de hoy ha aprobado diversas medidas, entre las que reseñamos la siguiente:
APROBADO EL RESTABLECIMIENTO DEL GRAVAMEN DEL IMPUESTO DE PATRIMONIO.
La Ley 19/1991, de 6 de junio, estableció con carácter estable un Impuesto sobre el Patrimonio, que fue exigible hasta la entrada en vigor de la Ley de 23 de diciembre de 2009, por la que, sin derogarlo, se anuló la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio.
En este momento la crisis económica hace que el Gobierno considere necesaria la recuperación de este Impuesto para favorecer el cumplimiento de los objetivos de estabilidad asumidos por España.
El Real Decreto Ley aprobado hoy eleva el mínimo exento hasta los 700.000 euros y la exención por vivienda habitual hasta los 300.000 euros.
El Impuesto se restablece exclusivamente para 2011 y 2012.
Se deberán presentar las declaraciones y realizar los ingresos correspondientes a dichos ejercicios, respectivamente, en 2012 y 2013.
En la reseña nada se dice de los tipos impositivos que se van a aplicar.
En el caso de núcleos familiares, la titularidad de los bienes y derechos que sean comunes a ambos cónyuges se atribuye por mitad a cada uno de ellos, salvo que se justifique otra cuota de participación, y se considera individualmente a la hora de calcular la base imponible del impuesto.
Sobre la base de los datos correspondientes a las declaraciones del ejercicio 2007 (último en el que se exigió el gravamen), se ha estimado que el número de contribuyentes por este Impuesto se situaría ahora en torno a 160.000 y que la recaudación anual podría ascender a unos 1.080 millones de euros si el Impuesto se aplica con los mismos parámetros en el conjunto de España.
Si lo desean, pueden acceder a la publicación realizada en el BOE pulsando
AQUÍ